incentivos formación dual

La captación de talento joven y cualificado es uno de los grandes retos para las empresas hoy en día. La digitalización, la evolución de los sectores productivos y la necesidad de una adaptación constante han llevado a las compañías a buscar nuevas fórmulas para incorporar profesionales formados y motivados. En este escenario, los contratos de formación en alternancia se presentan como una herramienta estratégica que, además de fomentar el empleo juvenil y la cualificación, permite a las empresas beneficiarse de importantes incentivos formación dual. 

Estos contratos, regulados en el marco de la formación dual, combinan la actividad laboral retribuida en una empresa con procesos formativos en el sistema educativo. Esta fórmula no solo garantiza una mejor adaptación del perfil profesional a las necesidades del mercado, sino que también reduce de forma significativa los costes para las empresas. 

Y es que, además del retorno que supone formar a una persona con los valores y conocimientos de la empresa desde el primer día, las compañías pueden acceder a bonificaciones, deducciones fiscales y reducciones en las cuotas de la Seguridad Social, lo que convierte este tipo de contratos en una herramienta fiscalmente muy atractiva. 

En este artículo abordamos, de forma clara y estructurada, qué incentivos formación dual pueden aprovechar las empresas, cómo se aplican y cuáles son las ventajas reales que pueden obtener en términos económicos. 

Bonificaciones en Seguridad Social: principales incentivos formación dual para empresas

Uno de los principales incentivos formación dual está vinculado a las cotizaciones a la Seguridad Social. Las bonificaciones aplicables a los contratos de formación en alternancia permiten una reducción directa de costes salariales. 

¿Qué bonificaciones en Seguridad Social existen dentro de los incentivos formación dual?

 

Desde la reforma laboral de 2022, el contrato de formación en alternancia ha pasado a tener una estructura más clara. Las empresas que firman este tipo de contrato pueden bonificarse al 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social si cuentan con menos de 250 trabajadores. En el caso de empresas con 250 empleados o más, la bonificación se sitúa en un 75%. 

Esta bonificación cubre las siguientes contingencias: 

  • Contingencias comunes 
  • Contingencias profesionales 
  • Desempleo 
  • FOGASA 
  • Formación profesional 

¿Cómo se aplica? 

Estas bonificaciones se aplican automáticamente en los seguros sociales mensuales. No requieren trámites complejos ni gestiones adicionales más allá de cumplir con los requisitos del contrato. Entre ellos: 

  • El contrato debe estar formalizado de manera correcta. 
  • La persona trabajadora debe estar matriculada en un centro formativo autorizado. 
  • La empresa debe estar al día en sus obligaciones con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. 

¿Qué ahorro supone? 

Para una empresa de menos de 250 empleados, incorporar a una persona en formación dual puede suponer un ahorro mensual de más de 300 euros por trabajador en Seguridad Social. Si se multiplica esta cantidad por los meses de duración del contrato (que puede ser de hasta 2 años), el beneficio económico es notable. 

Además, esta modalidad no computa como contratación temporal a efectos de penalizaciones, lo que añade una ventaja extra en el contexto normativo actual. 

Deducciones fiscales y bonificaciones formativas 

Otra de las ventajas fiscales asociadas a la formación dual es la posibilidad de bonificar la formación inherente al contrato a través del crédito formativo de FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo). 

Bonificación de la formación teórica dentro de los incentivos formación dual 

Las empresas pueden bonificar hasta 80 horas anuales de formación por persona trabajadora, siempre que esta formación esté relacionada con el puesto y sea impartida por un centro autorizado o por medios propios homologados. 

La cuantía bonificable depende del tamaño de la empresa: 

  • Empresas de hasta 5 trabajadores: hasta el 100% 
  • Empresas de entre 6 y 9 trabajadores: hasta el 90% 
  • Empresas de 10 o más trabajadores: hasta el 75% 

Estas bonificaciones se aplican en las cotizaciones sociales, de forma mensual o trimestral, y permiten recuperar parte o la totalidad del coste formativo. 

Incentivos por tutoría en la empresa 

Además, el contrato de formación en alternancia contempla una bonificación adicional para compensar las labores de tutoría dentro de la empresa. Esta bonificación es de: 

  • 60 € al mes si la empresa tiene menos de 5 trabajadores. 
  • 80 € al mes para empresas con más de 5 trabajadores. 

Esto reconoce el tiempo y la dedicación que una persona responsable en la empresa debe destinar a la orientación, evaluación y seguimiento del trabajador en formación. 

Deducción adicional en el Impuesto de Sociedades 

Si bien las bonificaciones en cuotas son inmediatas, también es posible aplicar deducciones en el Impuesto sobre Sociedades por gastos vinculados a la formación profesional y por la creación de empleo para jóvenes. 

Estas deducciones pueden variar según la Comunidad Autónoma y los programas específicos de apoyo a la contratación juvenil que estén activos, por lo que conviene revisar cada caso particular con asesoría fiscal especializada. 

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